Desde SPRI han confirmado las ayudas de Industria Digitala para el país Vasco.
Conoce todos los puntos en el siguiente documento:
Destacamos a continuación los puntos más relevantes:
Objetivo
Apoyar la incorporación de las tecnologías de la electrónica, la información y las Comunucaciones (TEICs) en las empresas industriales o de servicios técnicos (ligados al producto-proceso), así como las empresas que realicen tareas de diseño y montaje de productos industriales con el objeto de mejorar la competitividad de la empresa.
Actuaciones subvencionables
Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables los siguientes proyectos de diagnóstico y/o implantación de TEICs:Sensórica, SCADA, servitización, automatización de procesos industriales, BIGDATA, inteligencia artificial, machine learning y blockchain.
- Sensórica, SCADA, servitización, automatización de procesos industriales, BIGDATA, inteligencia artificial, machine learning y blockchain.
- Realidad virtual, aumentada y mixta.
- Visión artificial.
- Smart Factory. Simulación de procesos industriales combinando capacidades físicas y virtuales.
- Robótica colaborativa y flexible.
- Fabricación aditiva: servicios de ingeniería y consultoría para el acompañamiento desde la concepción inicial y el diseño hasta la producción.
- Gamificación. Proyectos de consultoría que contemplen el aplicar técnicas extraídas de los juegos para fidelizar usuarios, motivarlos y lograr su compromiso.
- Comercio electrónico: Compras electrónicas, ventas electrónicas, proyectos B2B (Business to Business) o B2C (Business to Consumer).
- Sistemas de gestión avanzada de la empresa tipo ERPs, business intelligence, SMS, mantenimiento preventivo, gestión logística de la cadena de suministro.
- Gestión del ciclo de vida del producto (Implantación de aplicaciones del tipo CAM CAE, PDM,DMF).
Para el caso de Grandes Empresas, no tendrán la consideración de actuaciones subvencionables las descritas en los puntos 9 y 10.
Entidades beneficiarias
- Podrán acceder a las ayudas contempladas en el presente programa las empresas industriales o de servicios técnicos (ligados al producto-proceso), así como las empresas que realicen tareas de diseño u montaje de productos industriales.
- Las entidades beneficiarias deberán cumplir además lo siguientes requisitos:
- Disponer de un centro de actividad industrial en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Realizar la actuación subvencionable en la Comunidad autónoma del País Vasco.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Tesorería General de la Seguridad Social y/o sus entidades colaboradoras, así como de las obligaciones que mantenga con el Gobierno vasco, sin tener asimismo deudas vencidas, reclamadas y no abonadas con cualquiera de las empresas del Grupo SPRI.
- Deberán acreditar estar de alta en el correspondiente epígrafe industrial del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco.
Modalidad y cuantía de las ayudas
Las ayudas se instrumentarán en forma de subvenciones.
Los Gastos de Consultoría y/o Ingeniería supondrán como mínimo el 50% del presupuesto global aceptado del proyecto.
Los porcentajes de subvención sobre los presupuestos de gastos e inversiones máximos aceptados para el proyecto por cada uno de los dos conceptos subvencionables serán los siguientes:
a) Micro y Pequeña Empresa: 50%.
b) Mediana Empresa: 35%.
c) Gran Empresa, 25%
Aquellas empresas que presenten el Certificado de Calidad en la Gestión Lingüística Bikain como acreditación del uso, presencia y gestión del euskera en la empresa, obtendrán una subvención adicional del 5%.
La subvención máxima anual por empresa beneficiaria para apoyar los gastos de consultoría-ingeniería, hardware y software asociados al proyecto será de 18.000 euros para la realización de una o más actuaciones subvencionables a lo largo del ejercicio.
La subvención máxima por concepto subvencionable, dentro de los 18.000 euros de límite máximo de subvención global, será el siguiente:
- Hardware y/o Sofware: máximo 9.000 euros.
- Gastos de Consultoría y/o Ingeniería: máximo 18.000 euros
Plazo de presentación de las solicitudes de ayuda
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda se iniciará el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín oficial del País hasta las 15:00 horas del día 27 de septiembre de 2019.
Excepcionalmente se admitirán a trámite Solicitudes de Ayuda de proyectos iniciados a partir del 1 de enero del 2019, siempre que estas solicitudes sean presentadas dentro de los dos meses contados a partir de la fecha de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial del País Vasco.